2009-04-02

Ayuntamiento Municipal LT dicta ordenanza publica sobre Semana Santa 2009

Será hasta las 11:00 PM.
El Consejo de Regidores del Ayuntamiento Municipal de Las Terrenas dictó el pasado miércoles 25 de marzo una ordenanza pública conteniendo seis considerándos, en los cuales respalda y otorga derecho a comercializar comidas y bebidas hasta las 11:00 de la noche en el entorno playero, desde inicio (cinco de abril) hasta el fin (12 de abril) de la Semana Santa 2009.
Ante esta información algunas personas que se dedican a ofrecer estos servicios a los visitantes dijeron sentirse complacidos de la gestión municipal, ya que el pasado año no se actuó a favor de los "caseteros", quienes perdieron considerables sumas de dinero, debido al régimen que tuvieron que ser sometidos.




A continuacion la ordenanza:


Ayuntamiento Municipal de Las Terrenas
Las Terrenas, Prov. Semana, Rep. DOM.
Calle Duarte No. 212, TEL. 240-6120
ayuntamientolasterrenas@hotmail.com
RNC 430-00060


ORDENANZA MUNICIPAL 02/09


CONSIDERANDO: Que los Ayuntamientos deben velar por los intereses municipales, así como también por la promoción, fomento y desarrollo económico local.

CONSIDERANDO: Que cada año durante el asueto de Semana Santa el Ayuntamiento municipal de Las Terrenas a los fines de cooperar para que personas de escasos recursos del pueblo obtengan ciertos beneficios con el expendio de comidas y bebidas a los visitantes y que es oportuno brindar servicios y entretenimiento a la gran cantidad de visitantes que se dan cita cada año en este municipio.

CONSIDERANDO: Que el año anterior los señores caseteros en lugar de obtener beneficios lo que obtuvieron fueron perdidas por el recorte del horario.

CONSIDERANDO: Que según la resolución de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, el expendio de bebidas alcohólicas esta reglamentada hasta las 4:00 AM, en los lugares turísticos y este municipio es un polo turístico.

CONSIDERANDO: Que es facultad de los Ayuntamientos hacer uso de los predios del dominio público en cuanto a su reglamentación (prestarlo y alquilarlo), salvaguardando el derecho del dominio público, según lo estipula la ley de Ordenamiento Municipal 176-07 y la ley 64-00 sobre Medio Ambiente.

CONSIDERANDO: Que la Semana Santa del año 2009 da su inicio el domingo Cinco (05) del mes de Abril y concluye el domingo Dice (12) del mismo mes.


VISTA LA LEY 176-07 DEL DISTRITO NACIONAL Y LOS MUNICIPIOS DEL 17 DE JULIO DEL 2007, GACETA OFICIAL NO. 10426 DEL 20 DE JULIO 2007 EN SU ARTÍCULO NO. 19, LITERAL O.

EL CONSEJO DE REGIDORES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE LAS TERRENAS, PROVINCIA SAMANA, HACIENDO USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LAS LEYES Y LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA, DICTA LA SIGUIENTE ORDENANZA MUNICIPAL:


ARTICULO PRIMERO: Mantener como al efecto mantendrá el horario del disfrute de las aguas de la playa hasta las 6:00PM.

ARTICULO SEGUNDO: Ordenar como al efecto se ordena que las casetas sean colocadas desde el inicio de la celebración de la Semana Mayor hasta la conclusión de la misma.

ARTICULO SEGUNDO: Extender como al efecto se extenderá el horario de expendio de bebidas y comidas en el entorno de la playa y disfrute del ambiente playero hasta las 11:00PM.


Dada en la Sala de Sesiones del Consejo de Regidores a los Veinte y cinco (25) días del mes de Marzo del año Dos Mil Nueve (2009). 155 años de la Independencia Nacional y 146 años de la Restauración de la República.




LIC. JOSÉ M. MARTINEZ.
Sindico Municipal
LICDA ÁNGELA I BUENO SALAZAR
Presidente del Ayuntamiento




Sra. ALEXANDRA HERNANDEZ PAYANO
Sec. Del Ayuntamiento

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